POR LA QUE SE APRUEBA LA REAPERTURA DEL “CENTRO RESIDENCIAL ESPECIALIZADO DE ATENCIÓN Y APOYO PARA EL ADULTO MAYOR - VIDA PLENA IPS SAN BERNARDINO” (CREAM), CONFORME A LAS FUNCIONES HABITUALES DE BRINDAR REHABILITACIÓN, RECREACIÓN, CAPACITACIONES Y PRESTACIONES SOCIALES A LOS ADULTOS MAYORES JUBILADOS, PENSIONADOS Y ASEGURADOS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL.
VigenteRESOLUCION2023INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPY/LEGI/P6G6Y8
Instituto de Previsión Social -- Reapertura del “Centro Residencial Especializado de Atención y Apoyo para el Adulto Mayor - Vida Plena IPS San Bernardino” (CREAM).
Visto: El Expediente Digital identificado como CA/N° 2041/2023, recepcionado en la Secretaría del Consejo de Administración, en fecha 15 de setiembre de 2023, el cual contiene la Nota Interna GS/N° 139/2023, de fecha 15 de setiembre de 2023, de la Gerencia de Salud, por la que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, el proyecto de Resolución “POR LA QUE SE APRUEBA LA REAPERTURA DEL “CENTRO RESIDENCIAL, ESPECIALIZADO DE ATENCIÓN Y APOYO PARA EL ADULTO MAYOR - VIDA PLENA IPS SAN BERNARDINO” (CREAM) CONFORME A LAS FUNCIONES HABITUALES DE BRINDAR REHABILITACIÓN, RECREACIÓN, CAPACITACIONES Y PRESTACIONES SOCIALES A LOS ADULTOS MAYORES JUBILADOS, PENSIONADOS Y ASEGURADOS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL”; y Considerando: Que, enmarcados en el cumplimiento de lo estipulado por las Normas Vigentes de la Comisión de Familia y Tercera Edad, la de priorizar acciones para la Atención del Adulto Mayor en forma integral; Que, uno de los Objetivos de las Políticas del Adulto Mayor del Instituto de Previsión Social es la de regular el funcionamiento de las dependencias que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez a fin de proteger, promover, defender y restablecer los derechos de los Adultos Mayores “Ciudadanos de Oro”, que estén asegurados al Instituto de Previsión Social, teniendo en cuenta el marco legal que se sustenta en el Art. 57° de la Constitución Nacional del Paraguay, la Ley N° 1885/2002, de las Personas Adultas Mayores, la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, el Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento de Viena en 1982, la Asamblea Mundial sobre envejecimiento Madrid 2002 y los diversos Tratados y Convenios Internacionales suscritos por el Paraguay; Que, dentro de los lineamientos de las Políticas del Adulto Mayor del Instituto de Previsión Social, es la de promover e implementar la Red temática de Cuidados Integrales para los Adultos Mayores, para orientar individual y grupalmente en los aspectos médicos, psicológico, ocupacional y social a los adultos mayores, brindando una asistencia diurna integral a aquellas personas que por sus características personales, familiares, económicas, sociales y/o sanitarias requieren de un espacio de convivencia y participación, propiciando el auto cuidado, crecimiento individual y grupal, la cooperación y la solidaridad social; Que, la Gerencia de Salud dio su parecer favorable para la presentación del Proyecto de Resolución ante el Consejo de Administración; Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar la Reapertura del “Centro Residencial Especializado de Atención y Apoyo para el Adulto Mayor - Vida Plena IPS San Bernardino” (CREAM), conforme a las funciones habituales de brindar rehabilitación, recreación, capacitaciones y prestaciones sociales a los Adultos Mayores Jubilados, Pensionados y Asegurados del Instituto de Previsión Social.
Art. 2
2°) Establecer que a partir de la fecha de la presente aprobación, la dependencia encargada de la ejecución del proceso de inscripción de los nuevos residentes temporales lo implementará conforme a la normativa y reglamento vigente, será la Dirección de Medicina Preventiva y Programas de Salud.
Art. 3
3°) Disponer que la Dirección de Medicina Preventiva y Programas de Salud, conjuntamente con la Dirección Gestión y Desarrollo de Talento Humano, realicen las gestiones necesarias para la dotación de recursos humanos para la operatividad del establecimiento.
Art. 4
4°) Dejar sin efecto la Resolución C.A, N° 021-022/2020, de fecha 19 de marzo 2020, por la que se autoriza a la Gerencia de Salud, del Instituto de Previsión Social, a disponer del Centro Residencial Especializado de Atención y Apoyo para Adultos Mayores (CREAM) San Bernardino, para la derivación de pacientes con Enfermedades Respiratorias Agudas, y/o Coronavirus (COVID-19), durante la vigencia de la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutiva.
Art. 5
5°) Establecer que la Gerencia de Salud es la responsable de la integridad del expediente físico y su coherencia con la versión digital registrada para el tratamiento por parte del Consejo de Administración.
Art. 6
6°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.