POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS NIVELES DE APROBACIÓN DE DOCUMENTOS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (DNCP).
VigenteRESOLUCION2025DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/ISZSQE
Contrataciones del Estado -- Niveles de aprobación de documentos del sistema de control interno de la DNCP.
Visto: LA LEY N° 7021/2022 «DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS» LA RESOLUCIÓN N° 377/2016, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, Y LA RESOLUCIÓN N° 326/2019, DE LA AUDITORÍA GENERAL DEL PODER EJECUTIVO. Considerando: La Ley N° 7021/2022 «DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS» en su Art. 111° establece que: «La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas será dirigida por el Director Nacional, nombrado por Decreto del Poder Ejecutivo...» y el inciso t) de su Art. 112° establece que son funciones de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas: «Establecer su organigrama, crear y estructurar las dependencias que resulten necesarias dentro de la misma, reglamentar sus funciones y atribuciones, y modificarlas». La Resolución CGR N° 377/16 de la Contraloría General de La República establece en un Artículo 1°: “Adoptar como marco para el control, fiscalización y evaluación de los sistemas de control interno de las instituciones sujetas a supervisión de la Contraloría General de la República, la Norma de Requisitos Mínimos para un Sistema de Control Interno del Modelo Estándar de Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay-MECIP 2015”. Que, la Norma de Requisitos Mínimos para un sistema de control interno del Modelo Estándar de Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay - MECIP:2015, en el componente de la Implementación, principio Gestión de la Información, expresa que: “las instituciones deben obtener, generar y utilizar información relevante y de calidad para la gestión y el funcionamiento del control interno”. Que, la Resolución N° 147/19 de la Contraloría General de la República “Por la cual se aprueba la “Matriz de Evaluación por Niveles de Madurez”, a ser utilizadas en el marco del Sistema de Control Interno del Modelo de Control Interno para Instituciones Públicas del Paraguay - MECIP:2015”, establece: “... Art. 3° 1 Instar a las instituciones sujetas al control y fiscalización de la Contraloría General de la República”. La Resolución N° 326/2019, de la Auditoría General del Poder Ejecutivo “Por la cual se adopta la norma de Requisitos Mínimos y la Matriz de Evaluación para un Sistema de Control Interno del Modelo Estándar del Control Interno para instituciones públicas del Paraguay MECIP:2015”. La promulgación del Decreto del Poder Ejecutivo N° 16 de fecha 15 de agosto de 2023, por el cual ha sido nombrado Director Nacional de Contrataciones Públicas, el Dr. Juan Agustín María Encina Pérez. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Establecer el Sistema de Control Interno de la DNCP con toda sus documentación, como forma de gestión obligatoria para todas las dependencias de la institución.
Art. 2
Art. 2°.- Disponer que los niveles de aprobación de los documentos emitidos en el marco del procedimiento de Control de Documentos y Registros, son las siguientes:
Nombre del Documento
Código
Responsable por la Elaboración/Revisión
Responsable por la Aprobación
Política
de Control Interno
N/A
Comité de Control Interno
Director Nacional
Manual
de Funciones
N/A
Coordinadora GSDI – Coordinadora Talento Humano
Director Nacional
Código
de Ética
CE
comité de Ética y de Alto Desempeño en Ética
Director Nacional
Código
de Buen Gobierno
CBG
Comité de Buen Gobierno
Director Nacional
Organigrama
ORG
DGGDP
Director Nacional
Procedimiento
PG
Dueño de Proceso/Dpto. Organización y Procesos
Director Nacional
Descripción
de cargo
DC
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Director Nacional
Instructivos
Art. 3
Art. 3°.- Informar, que toda la documentación aprobada en el marco del Sistema de Control Interno es de carácter obligatorio para todas las dependencias que comprenden esta Dirección Nacional.
Art. 4
Art. 4°.- Dejar sin efecto cualquier disposición contraria a la presente Resolución.
Art. 5
Art. 5°.- Comunicar a quien corresponda, y cumplido archivar.
INS
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Director Nacional
Tablas
TAB
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Director Nacional
Formularios
FOR
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Director Nacional
Fichas
de Procesos
FP
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Director Nacional
Matriz
de Riesgos
N/A
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Comité de Control Interno/Director Nacional
Políticas
operacionales
N/A
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Comité de Control Interno/Director Nacional
Plan
Estratégico Institucional
N/A
Equipo del PEI/Comité de Control
Interno/Coordinador SGDI/Dpto. de Planificación
Director Nacional
Normograma
N/A
Dueño de Proceso/Nexo MECIP/Coordinador SGDI
Director Nacional
Política
de Talento Humano
N/A
DGGDP/Dpto. Organización y Procesos
Director Nacional
Política
General de Administración de riesgo
N/A
Equipo implementador Comité de Control Interno
Director Nacional
Política
de Comunicación
N/A
Coordinador Información y Comunicación/Dpto. de
Organización y Procesos
Director Nacional
Manual
de Comunicación
N/A
Coordinador Información y Comunicación/Dpto.
Organización y Procesos
Director Nacional
Mapas
de Macroprocesos y Procesos
N/A
Dueño de Proceso/Dpto. Organización de Procesos
Director Nacional
Nota
1: La firma del documento por parte de la Coordinación de Gestión de Sistemas
de Desarrollo Institucional o del Departamento de Organización y Procesos se
realizará únicamente en casos excepcionales, debidamente justificados.