DECRETO 8934/2012 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 2012/05/23 • PY/LEGI/0CMS
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Municipalidad -- Disposición de la inclusión en el Cuarto Grupo en la Clasificación de Municipalidades, al Municipio de 3 de Mayo, per
VISTO: La Ley N° 4604 del 19 de abril de 2012 "Que crea el Municipio 3 de Mayo en el VI Departamento Caazapá y una Municipalidad con asiento en el Pueblo 3 de Mayo "; y CONSIDERANDO: La necesidad de clasificar a la municipalidad mencionada en el grupo correspondiente conforme lo establece el Artículo 8° de la Ley N° 3966/10 "Orgánica Municipal", que expresa: "Las Municipalidades del país, a excepción de la de Asunción, serán agrupadas según sean los montos de los respectivos Presupuestos Generales". POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Dispóngase la inclusión del Municipio de 3 de Mayo, del Departamento de Caazapá, creado por Ley N° 4604/12, en el Cuarto Grupo en la clasificación de Municipalidades.
Art. 2
Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del interior.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.