QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL UN INMUEBLE UBICADO EN EL LUGAR DENOMINADO CATUPYRY, DISTRITO SAN JUAN NEPOMUCENO, DEPARTAMENTO CAAZAPA
VigenteLEY1994PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/04RR
Declaración de interés social - Expropiación a favor del Instituto de Bienestar Rural un inmueble ubicado en el lugar denominado Catup
Art. 1
Artículo 1o.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.), un inmueble registrado en la Dirección General de los Registros Públicos como Finca No. 237, bajo el No. 4, al folio 49 y siguientes del año 1974 y sus desprendimientos, del Distrito San Juan Nepomuceno, anotada a nombre de la Firma Catupyry S.A., Forestal, Industrial y Agropecuaria, una superficie de 1.000 Has. (Mil hectáreas), ubicado en el lugar denominado Catupyry, Distrito San Juan Nepomuceno, Departamento Caazapá.
Art. 2
Artículo 2o.- Procédase a indemnizar a los propietarios del inmueble expropiado, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109 de la Constitución Nacional. El Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) y el propietario acordarán en un plazo de 90 (Noventa) días el precio del inmueble expropiado. En caso de no haber acuerdo, las partes podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación judicial del precio.
Art. 3
Artículo 3o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.