POR LA CUAL SE RECONOCE AL COMITÉ DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PÚBLICO DEPARTAMENTAL CON LA CATEGORÍA DE MANEJO PAISAJE PROTEGIDO AL CERRO KAVAJÚ, UBICADO EN LOS MUNICIPIOS DE ATYRÁ Y CAACUPÉ, DEPARTAMENTO DE CORDILLERA.
VigenteRESOLUCION2020MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLEPY/LEGI/S5XTCB
Medio ambiente -- Reconocimiento del Comité de Gestión Ambiental del Área Silvestre Protegida bajo dominio público departamental con la categoría de manejo paisaje protegido al Cerro Kavajú, ubicado en los municipios de Atyrá y Caacupé, departamento de Cordillera.
Visto: La Nota presentada por el Dr. Hugo Alberto Fleitas Ovelar, Gobernador del III Departamento de Cordillera, con Mesa de Entrada SGDME N° 14530 en fecha 05 de diciembre de 2019; el Dictamen A.J. N° 002/2020 de fecha 02 de enero de 2020, firmado por el Abog. Claudio Velázquez de la Dirección de Asesoría Jurídica; el Memorándum DASP N° 496/20 de fecha 10 de noviembre de 2020, firmado por el Lic. Rafael Sosa, Director de Áreas Silvestres Protegidas; el Memorándum DGPCB N° 1527/20 de fecha 12 de noviembre de 2020, firmado por el Lic. Darío Mandelburger, Director General de la Dirección General de Protección y Conservación de la Biodiversidad a la Secretaria General, y; Considerando: Que, a través de la Nota con Mesa de Entrada SGDME N° 14530 en fecha 05 de diciembre de 2019, firmada por el Dr. Hugo Alberto Fleitas Ovelar, Gobernador del III Departamento de Cordillera, solicita el reconocimiento por parte del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADES, al Comité de Gestión del Área Silvestre Protegida Bajo Dominio Público Departamental con la Categoría de Manejo Paisaje Protegido al Cerro Kavaju, ubicado en los Municipios de Atyrá y Caacupé, Departamento de Cordillera. Que, el memorándum DASP N° 496/20 expresa: «...esta Dirección informa a través de su Departamento de Planificación que no se opone reparos para su firma y para la aprobación del Comité de Gestión del Área Silvestre Protegida bajo dominio Departamental...». Que, es atribución del MADES, apoyar la acción de asociaciones civiles y organismos no gubernamentales con las de carácter público nacional en materias ambientales y afines, de conformidad al Art. 12 inc. p) de la Ley N° 1561/00. Que, en el Dictamen A.J. N° 002/2020 de fecha 02 de enero de 2020, firmado por el Abog. Claudio Velázquez de la Dirección de Asesoría Jurídica, expresa: “...si efectivamente la DASP considera se han cumplido con los requisitos técnicos, y la conformación de los miembros del Comité de Gestión, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 5° y 6° de la Ley N° 5377/2014, no se oponen reparos para su firma...”. Que, la Ley N° 1561/2000 “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente”, dispone en el Art. 18 Inc. g) Son funciones y atribuciones del Secretario Ejecutivo: “dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la consecuci6n de los fines de la Secretaria, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento”. Que, por Ley N° 6.123/2018 “Eleva al rango de Ministerio a la Secretaria del Ambiente y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que, el Decreto N° 140 de fecha 29 de agosto de 2018, nombra al Señor César Ariel Oviedo Verdún, como Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Reconocer el Comité de Gestión del Área Silvestre Protegida Bajo Dominio Público Departamental con la Categoría de Manejo Paisaje Protegido al Cerro Kavaju como instancia de Coordinación para la Gestión Ambiental y el Desarrollo Sostenible de la citada área, cuya Comisión Directiva estará conformada de acuerdo a la siguiente nomina:
Nombres y apellidos
Cargos
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Dr. Hugo Alberto Fleitas Ovelar
Presidente
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Lic. Diego Armando Riveros González
Vicepresidente
1º
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Don Juan Carlos Matto
Vicepresidente
2º
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Lic. Daniel Salcedo Echeverría
Secretario
Titular
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Ing. Amb. Silvio Denis Ortega Gómez
Secretario
Adjunto
Miembros
titulares
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Ing. Stella Marys Amarilla Rodríguez
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Ing. Griselda Acosta
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Don Ramón Amarilla
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Abog. Julio Cabañas
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Don Carmelo Rodríguez
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Don Eduardo González
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Lic. Alfredo Aranda
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Art. 2
Art. 2°.- Establecer que el Comité de Gestión deberá elevar a la Dirección de Áreas Silvestres Protegidas el informe de gestión una vez al año y comunicará sobre los cambios existentes en la comisión, si los hubiere.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplido archivar.
Lic. Ignacio Ruiz
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Ing. Amb. Javier Caballero
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Lic. José Luis Velázquez
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Prof. Celso Gabriel Rotela
Miembros
adjuntos
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Arq. Viviana Salcedo Rodríguez
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Lic. Raquel Cardozo (SENATUR)
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Don Fermín Lezcano (COMUNIDAD)
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Lic. Cristina Gayoso (APRESTUCOR)
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Srta. María Caballero
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Ing. Rubén Darío Segovia (INFONA)
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Ing. Mirian Bedoya (EDUCACIÓN)
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Ing. Rubén Segovia
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Lic. Ramón Chilavert (MADES)
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Sr. Víctor Raúl Ojeda (INDERT)
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Lic. Rolando Cabrera (Municipalidad de Caacupé
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Ing. For. Lucia Janet Villalba (FCA UNA)
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Prof. Ing. E.H. Amado Insfrán Ortiz