POR LA CUAL SE AUTORIZA AL EJECUTIVO MUNICIPAL A INICIAR LOS TRÁMITES PERTINENTES PARA EL PROCESO DEL LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA CONCESIÓN DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS, COMERCIALES E INDUSTRIALES Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN LA CIUDAD DE SAN LORENZO.
VigenteORDENANZA2025JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZOPY/LEGI/OFW7K5
Municipalidad -- Llamado a licitación para la concesión del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos.
Visto: La Nota I.M.S.L. Nº 133/2025 de la Intendencia Municipal, a través de la cual remite el Memorándum de la Dirección General de Asesoría Jurídica, en el marco de la Ley 1.618/2000 Art. 2º Alcance de la Ley. La concesión de obras y servicios públicos será autorizada en cada caso por ley, por ordenanza departamental o por ordenanza municipal. Tendrá por objeto la prestación por el concesionario, a su cuenta y riesgo, de un servicio o la construcción, mejoramiento, rehabilitación, reparación o mantenimiento de una obra y su operación o explotación según los términos del respectivo contrato, para su correspondiente autorización. Considerando: Que, obra Memorándum de la Dirección General de la Asesoría Jurídica, de fecha 19 de marzo de 2025 - Objeto: Recomendación de inicio de procedimiento, manifestando cuanto sigue: En atención a que el servicio público de Recolección de Residuos, que fue tercerizado a favor de la firma Eco-Reciclados S.A. (ECORESA) con R.U.C. 80054135-9, vía Resolución Junta Municipal Nº 389/2015 y con Contrato de Concesión de Servicios Nº 01/2015 “Concesión de los servicios de recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios, comerciales e industriales y servicios complementarios en la ciudad de San Lorenzo”, de fecha 12 de noviembre de 2015; y, el cual vence el 12 de noviembre de 2025. Considerando que el Artículo 7 de la Constitución Nacional establece: Del derecho a un ambiente saludable. “Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado”. Como Institución Municipal la responsabilidad recae directamente sobre tal, el cumplimiento de los servicios de recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios, comerciales e industriales y servicios complementarios en la ciudad de San Lorenzo, por ser un servicio público es obligación del municipio mantener un ambiente saludable a todos los habitantes de esta ciudad. Que, en el memorándum de referencia hace mención a la Ley Nº 3956/09 de “Gestión integral de los residuos sólidos en la República del Paraguay”, específicamente el Artículo 9º.- De la Competencia Municipal..., Así también menciona a la Ley Nº 1618/2000 “Concesiones de obras y servicios públicos”, en su Art. 20 - Renovación de la concesión: Cuanto menos dos años antes, del fin del plazo de concesión de obra o servicio público, el concedente deberá decidir entre asumir el servicio por sí o volver a licitar su concesión. En ningún caso se podrá prorrogar el contrato de concesión en favor del mismo concesionario, u otorgarlo directamente en favor de otro, sin cumplirse el requisito previo de la licitación pública, abierta a todos los oferentes. La correspondiente licitación deberá efectuarse con la debida anticipación para asegurar la continuidad del servicio. Que, para culminar manifiesta cuanto sigue: Estando ante un vencimiento próximo del Contrato de Concesión de Servicios Nº 01/2015 “Concesión del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos Domiciliarios, Comerciales e Industriales y Servicios Complementarios en la ciudad de San Lorenzo”, y que debiendo tenerse en cuenta la continuidad del servicio y un tiempo prudencial para el llamado a licitación según nos enmarca la Ley, corresponde en derecho a que se inicie los trámites pertinentes para la obtención de la correspondiente autorización de la Junta Municipal para el debido inicio del procedimiento ut-supra descrito, (según menciona en el memorándum de referencia). Que, la Plenaria aprobó por unanimidad el Dictamen Conjunto Nº 52/2025 de las Comisiones Asesoras de Legislación y Hacienda, con modificaciones. Por tanto LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO Ordena
Art. 1
Artículo 1º) Autorizar al Ejecutivo Municipal a iniciar los trámites pertinentes para el proceso del llamado a licitación para la “Concesión del Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos Domiciliarios, Comerciales e Industriales y Servicios Complementarios en la ciudad de San Lorenzo”.
Art. 2
Art. 2º) Encargar al Ejecutivo Municipal la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones para el llamado de referencia, por consiguiente elevar a consideración de esta Junta Municipal, en un plazo máximo de 30 (treinta) días.
Art. 3
Art. 3º) Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.