POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACION DE REEMPLAZANTES, CON EL OBJETIVO DE CUBRIR LOS PUESTOS CORRESPONDIENTES A CARGOS DE AULA DEL PERSONAL DOCENTE BENEFICIADO CON PERMISOS ESPECIALES PARA USUFRUCTO DE BECAS, PROGRAMAS DE INTERCAMBIO CULTURAL O FUNCIONES EDUCATIVAS ESPECIFICAS
VigenteRESOLUCION2016MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0FIR
Licencia laboral -- Reglamentación del procedimiento para la designación de reemplazantes con el objetivo de cubrir los puestos corres
VISTA: La Resolución Ministerial N° 12.589/2016 por la cual se reglamentan los permisos especiales para usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas especificas; CONSIDERANDO: Que, existe la necesidad de contar con un Reglamento que establezca el procedimiento para la designación de reemplazantes, con el objetivo de cubrir los puestos correspondientes a cargos de aula del personal docente que fue beneficiado con permisos especiales para usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas especificas. Que, resulta imprescindible facilitar la participación de educadores para usufructuar becas de estudios a nivel de postgrados o cursos de perfeccionamiento profesional, dictados en el extranjero o en el país; Que, la Ley N° 1725/2001 "Que establece el Estatuto del Educador", en su Artículo 36 señala: "El educador profesional del sector publico goza de las siguientes derechos: ...f) a permisos especiales, para el usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas específicas, a ser reglamentado par el Ministerio de Educación y Cultura"; Que, en la mayoría de los casos, el apoyo econ6mico brindado por las instituciones oferentes de las becas académicas, es de una cobertura limitada a la estadía del becario en el lugar de estudio, por lo que resulta imprescindible facilitar el permiso con goce de sueldo a los educadores beneficiados de becas y asimismo arbitrar las medidas necesarias para su suplencia, a través de diferentes mismos administrativos -financieros por parte del Ministerio de Educación y Cultura, a fin de garantizar el servicio educativo que debe prestar la Institución. Que por Resolución Ministerial N° 12589/2016 se reglamentan los permisos especiales para usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas especificas y se establece que los permisos especiales a educadores beneficiados, sean otorgados con goce de sueldo por el tiempo total de la beca y sujetos a las condiciones de la misma. Que, el art. 9° de la Resolución, ut supra mencionada determina: "La Dirección General de Gestión del Talento Humano arbitrará las medidas que correspondan en derecho para el reemplazo provisorio del becario a través de las instancias correspondientes, de modo a garantizar el servicio educativo". Que, la Ley N° 1725/2001 "Que establece el Estatuto del Educador", en su Artículo 19 señala: "El Ministerio de Educación y Cultura podrá contratar educadores interinos en casos especiales, ya sea para cubrir vacaciones o la recreación de nuevos cargos, entretanto se realiza el proceso de selección por concurso...". Que, la Ley N° 1.264/98 "General de Educación" establece en su Artículo 18 que: "Las funciones del Estado en el ámbito de la educación se ejercen por media del Ministerio de Educación y Cultura", en concordancia con el Artículo 91 que dispone: "La autoridad superior del ramo es el ministro responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura...". Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTUR.A RESUELVE:
Art. 1
1°.- APROBAR el Reglamento que establece el procedimiento para la designación de reemplazantes, con el objetivo de cubrir los puestos correspondientes a cargos de aula del personal docente que fue beneficiado con permisos especiales para usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas especificas.
Art. 2
2°.- AUTORIZAR a las Coordinaciones Departamentales de Supervisones Educativas, a suscribir la propuesta de contrato de prestación de servicios, mientras dure el permiso especial para usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas especificas del beneficiario, en los cases que no hubiere personal para realizar la suplencia, conforme al procedimiento y a las condiciones Anexas a la presente Resolución.
Art. 3
3°.- DISPONER que las Coordinaciones Departamentales de Supervisones Educativas, como las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo, cuenten con un registro actualizado de los permisos, las contrataciones de docentes reernplazantes y de docentes beneficiados con permisos especiales para usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas especificas, conforme al Formulario que forma parte de la presente Reglamentación.
Art. 4
4°.- ENCOMENDAR a las Direcciones Generales de Niveles Educativos y a la Dirección General de Fortalecimiento del Proceso Educativo, que en el ámbito de sus competencias, acompañen el proceso de designación de reemplazantes de docentes beneficiados con permisos especiales; con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente Reglamentación.
Art. 5
5°.- DISPONER que la Dirección General de Gestión del Talento Humano efectivice las designaciones de reemplazantes, a través del procedimiento establecido para el efecto.
Art. 6
6°.- DISPONER que la Dirección General de Administración y Finanzas realice las gestiones correspondientes, a fin de contar con las previsiones presupuestarias, para la implementación de la presente Reglamentación.
Art. 7
7°.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones anteriores y contrarias a esta Resolución.
Art. 8
8°.- COMUNICAR y archivar.
Enrique Riera Escudero
MINISTRO
[imagen]